La Justicia frenó la medida cautelar dispuesta por un Juzgado federal que había suspendido los vencimientos de las declaraciones juradas de los impuesto sobre los Bienes Personal y Ganancias, según informó hoy la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).

El organismo señaló que «la decisión fue adoptada tras el recurso de apelación presentado este lunes» e informó que tras este fallo «los plazos previstos en la normativa se encuentran vigentes».

La semana pasada, la jueza Macarena Marra Giménez dictó una medida precautelar ante un reclamo del Consejo Profesional de CABA, que le pidió que ordenara a la AFIP suspender los vencimientos de los tributos hasta el 12 de julio.

La magistrada, a cargo del Juzgado Federal Contencioso Administrativo número 12, luego dictó una segunda medida concediendo la cautelar a la entidad que representa a los profesionales.

Tras esa disposición judicial, el organismo recaudador había advertido que «los vencimientos para Bienes Personales y Ganancias previstos para los días 23, 24 y 27 de junio se encuentran vigentes».

La AFIP había indicado que la medida sólo alcanzaba a profesionales matriculados en el Consejo de Ciencias Económicas de la Ciudad de Buenos Aires por sus propias declaraciones juradas y cuando dichos profesionales ejerzan una relación formal y comprobable con sus clientes, en un comunicado.

El organismo había anunciado hoy importes mínimos para el ingreso de los anticipos de Ganancias y Bienes Personales.

Lo hizo por medio de las Resoluciones Generales 5211/2022 y 5213/2022 publicadas en el Boletín Oficial fundamentando la modificación en «razones de administración tributaria».

Buenos Aires, 28 junio (NA) —

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